Para pasar la revisión necesitará:
La tarjeta de inspección técnica del vehículo
El permiso de circulación
DNI
La inspección técnica periódica de los vehículos la puede realizar cualquier persona siempre y cuando aporte la documentación necesiaria.
Turismos particulares
hasta 4 años
de 4 a 10 años
más de 10 años
exento
bienal
anual
Motocicletas
hasta 4 años
más de 4 años
exento
bienal
Vehiculos de transporte de mercancías de PMA menor o igual a 3,5 t
hasta 2 años
de 2 a 6 años
de 6 a 10 años anual
más de 10 años
exento
bienal
semestral
Vehiculos para transporte de mercancías, de PMA mayor a 3,5 t y cabezas tractoras
hasta 1 año
de 1 a 10 años
más de 10 años
exento
anual
semestral
Autobuses de 10 o más plazas
hasta 5 años
más de 5 años
anual
semestral
Vehículos Agrícolas
hasta 8 años
de 8-16 años
más de 16 años
exento
bienal
anual
1ª Inspección
Turismos Particulares:
a los
4
años de la matriculación
Furgonetas y vehículos mixtos:
a los
2
años de la matriculación
Vehículos de más de 3.500Kg.:
a
1
años de la matriculación
Motocicletas:
a los
5
años de la matriculación
No olvide colocar el distintivo I.T.V. (pegatina) en el ángulo superior derecho del cristal delantero (R.D. 1987/1985)
RECUERDE:
Que la próxima revisión de su vehículo debe realizarla antes del día de vencimiento anotado en su tarjeta ITV